POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL

 

Exposición de motivos

El AYUNTAMIENTO de Morcín pretende establecer con esta Política un marco regulatorio para dar respuesta a la vigente normativa en materia de protección de datos personales contenida tanto en el  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos -RGPD-), de plena aplicación a partir del 25 de mayo de 2018, como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, así como las directrices de las autoridades de control el Comité Europeo y la Agencia Española de Protección de Datos.

El AYUNTAMIENTO aprueba esta norma de carácter interno en el marco de las potestades de autoorganización administrativa reconocidas en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante LBRL), al objeto de establecer directrices y procedimientos que permitan un cumplimiento efectivo de los nuevos requerimientos legales, con el máximo respeto a este derecho fundamental, a la protección de datos personales regulado en el artículo 18.4 de la Constitución.

Además, el AYUNTAMIENTO propone un modelo de cumplimiento normativo desde el punto de vista organizativo que sirva de evidencia de las buenas prácticas y medidas de diligencia debida como demostración de su firme compromiso con la garantía en la protección de los datos personales y la seguridad de la información, en el marco de las posibles actuaciones del artículo 28 del RGPD.

El nuevo marco regulatorio relacionado con la protección de uno de los derechos fundamentales propone un nuevo modelo en el que los Responsables del Tratamiento deben adoptar una actitud proactiva en el tratamiento de los datos personales, donde se incluye la aprobación e implantación de las oportunas políticas y directrices internas, dentro de la Gobernanza municipal. Este principio, no puede entenderse sin su vinculación con las medidas de seguridad que deben ser apropiadas al riesgo en los tratamientos realizados y que deben atender a los requerimientos del Esquema Nacional de Seguridad (en adelante ENS), según lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la LOPDGDD.

Por todo ello, el AYUNTAMIENTO considera preciso adoptar una política interna, delimitando las responsabilidades y funciones de los diferentes órganos del Entidad local, teniendo en cuenta también la posición y funciones que desarrolla el Delegado/a de Protección de Datos, para evitar posibles disfunciones en la aplicación de esta nueva normativa. Pretende, además, coordinar esfuerzos dentro de la organización, definir, implantar y gestionar la protección de datos, distribuyendo las diferentes actuaciones según la LBRL y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales de 1986, así como las posibles delegaciones que, en su caso, aprueben las corporaciones locales.

Con fecha 28 de mayo de 2020 el Pleno de la corporación municipal de Morcín, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, aprueba el Decreto por el que se regula la Política de Protección de Datos de carácter personal del Ayuntamiento de Morcín.

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